Escrituras de obra nueva

En ellas se declara el hecho de que sobre un terreno se ha construido (o se va a construir) un edificio determinado.

Si dicho edificio va a ser destinado a la venta por pisos es necesario otorgar, además, una escritura de división  horizontal por la que aparece como fincas independientes del edificio, cada una con su cuota correspondiente, cuantos pisos, garajes o trasteros vayan a ser creados y vendidos. Se determinan así las zonas comunes y las zonas privativas de cada propietario del edificio.

Documentación necesaria:

Identificación (DNI o escrituras sociales) del propietario del solar.

Escritura o título de propiedad del terreno.

Licencia municipal de edificación.

Certificado de arquitecto o ingeniero competente acreditativo de la identidad entre la obra ejecutada y la descrita en el proyecto para el que se obtuvo licencia.

Planos de la obra.

Seguro decenal de la obra, salvo que su destino no sea la venta.

Certificado de eficiencia energética, si su destino es la venta o alquiler.

Libro del edificio.

 

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