Compraventa de participaciones y acciones societarias

En ellas se transmite la propiedad de un porcentaje del capital de una sociedad anónima o limitada. Su realización es posible siempre que no se contradiga lo dispuesto en la legislación española o en los estatutos de la sociedad. Las partes tienen libertad para fijar el precio que deseen y tendrán que justificar al notario autorizante la forma de pago de dicho precio.

La condición de accionista o socio de una sociedad otorga los derechos reconocidos por la legislación de sociedades (derecho al dividendo, a acudir y votar en las juntas generales, a la información, derecho preferente de suscripción en posteriores ampliaciones de capital etc.)

Documentación necesaria:

  • Identificación de las partes (DNI o escrituras de poder o de administrador de comprador y vendedor).
  • Estatutos de la sociedad cuyas acciones o participaciones sociales se transmiten.
  • Escritura o título de propiedad del vendedor.
  • Justificantes del pago del precio convenido.

Ésta no es una web publicitaria. Es un entorno de trabajo con nuestros clientes.